lunes, 13 de febrero de 2017

¿Cuándo se convierte fiscalmente en edificable un terreno?

¿Cuándo se determina fiscalmente edificable un terreno?
El problema deriva, por ejemplo, de la aplicación de la exención del IVA en las entregas de terrenos rústicos que no tengan la consideración de edificables. Hay que determinar cuándo alcanzan dicha calificación.
Después de varias elucubraciones, parece que se ha impuesto la doctrina de que no es suficiente con una actuación administrativa de planeamiento urbanístico para que desaparezca la exención del artículo 20 de la LIVA, donde indica que: “se considerarán edificables los terrenos calificados como solares por la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y demás normas urbanísticas, así como los demás terrenos aptos para la edificación por haber sido ésta autorizada por la correspondiente licencia urbanística”.

Así pues se ha impuesto la doctrina favorable a admitir necesario el que se hayan comenzado materialmente las obras de urbanización de los terrenos afectados. Así en la STS de 19 de abril de 2003 (RJ 2003, 4450), doctrina que se reiteró en las Sentencias de 11 de octubre (RJ 2004,6819) y 8 de noviembre de 2004, y otras. Incluso las SSTS de 10 de mayo (RJ 2010,3602) y 16 de diciembre de 2010 (JUR 2011, 39318), y 13 de enero (JUR 2011,60840) y 24 de febrero de 2011 (JUR 2011,76617) consideraron improcedente la exención de la transmisión de un terreno en curso de urbanización.
Bibliografía: Manual de derecho Tributario, parte especial. Thomson Reuters-Aranzadi.