Otra de las muchas asignaturas pendientes de los técnicos es la relativa a los seguros en la construcción, y dentro de este amplio espectro, a las obras que quedan aseguradas obligatoriamente por las disposiciones de la Ley de Ordenación de la Edificación. Hacemos un rápido viaje a través de la misma para hacernos una idea general.
Proclama la LOE en su Exposición de Motivos como uno de los objetivos de esta Ley el establecimiento de unas garantías obligatorias con las que hacer frente al resarcimiento por los defectos constructivos. Es decir, la resolución judicial que declare la responsabilidad de uno o varios agentes de la edificación no basta, es preciso además que los daños sufridos sean efectivamente reparados o indemnizados.