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miércoles, 27 de febrero de 2019

Los notarios se hacen humanos con la nueva Ley Hipotecaria


Los notarios creen que cobran "gran relevancia" en materia precontractual con la nueva Ley Hipotecaria, además de la que ya tenían en la "antigüedad"...A primera vista da la sensación de haber conseguido que este colectivo aterrice en lo terrenal y que pudiera llegar a colaborar con la humilde ciudadanía en la elaboración y planificación contractual de la compraventa de vivienda.


Y esto se debe fundamentalmente a que se deberán encargar de cerciorarse de que el banco cumple con sus deberes y de proporcionar asesoría "imparcial y gratuita" al prestatario.

En una nota, el Consejo General del Notariado valora que para aumentar la seguridad jurídica y la transparencia del proceso, la nueva Ley Hipotecaria regula de modo "más exhaustivo" la información precontractual que ha de proporcionar la entidad financiera al ciudadano.

lunes, 24 de julio de 2017

Ventajas de la inminente Reforma de la Ley Hipotecaria

El Ministerio de Economía ya tiene preparada la Reforma de la ley Hipotecaria que enviará el próximo lunes al Consejo de Estado como paso previo a la aprobación en el Consejo de Ministros después del verano. Esta normativa pretende en cierto modo "avanzar en la protección de los consumidores y preservar la cultura de pago", según dan a entender fuentes del ministerio. Parece, que no es poco, que el Gobierno pretende poner el foco en la situación de los hogares que están en peor situación para protegerlos de los desahucios, con diez años de retraso.

Economía pretende de esta manera también conseguir un doble objetivo: adaptar las directrices europeas al marco jurídico español y aumentar la transparencia de las hipotecas para proteger a los clientes y, a la vez, dar seguridad jurídica al sector financiero.

Los temas trascendentales, de los que se hacen eco los medios, por su conexión con los posibles beneficios para los sufridores hipotecados son los siguientes:

jueves, 26 de enero de 2017

El cambio de uso urbanístico en la obra nueva y la propiedad horizontal

En nuestro ordenamiento jurídico y, más exactamente, en el artículo 6 y 7 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo (vigente en el caso que nos ocupa), se contemplaba el derecho del propietario de un terreno a construir y edificar en el mismo siempre que se lleven a cabo en el tiempo y las condiciones previstas por la ordenación territorial y urbanística, así como que su uso, disfrute y explotación ha de hacerse conforme al estado, clasificación, características objetivas y destino que tenga en cada momento, de acuerdo con la legislación aplicable por razón de las características y situación del bien, por lo que la edificación sólo puede hacerse para usos determinados.