Han sido muchos los
contratos de compra- venta denunciados, con el interés de recuperar la cantidad
entregada en la firma del mismo y previa a la escritura de propiedad. De los
innumerables casos que he conocido, el mayor porcentaje se lo han llevado los
especuladores, seguidos de los que se quedaban sin financiación y de los que no podían vender su casa para
rematar la compra de la nueva, además de otros casos.
He visto como los
compradores aducían todo tipo de excusas, encargaban peritaciones de parte para
reclamar que los materiales empleados y los que figuraban en la información
publicitaria eran diferentes, además de otra serie de incumplimientos.
Una de las excusas o
reclamación para denunciar el incumplimiento era que la falta de financiación
les imposibilitaba proseguir con dicha compra. Ahora el Tribunal Supremo,
respecto de estos casos de falta de financiación, marca la pauta rechazando
este argumento si no ha sido pactado previamente en el contrato de compra-venta:
“El Supremo falla que la falta de financiación no es motivo para frenar
la compra de una casa.
FUENTE: observatorioinmobiliario.es
La falta de
financiación por la crisis económica no es motivo suficiente para desistir de
la compraventa de una vivienda en construcción, salvo que así se hubiera
pactado en el contrato, según dos sentencias dictadas por el pleno de la Sala
Primera del Tribunal Supremo.
En una de
las sentencias, el Supremo resuelve a favor de la parte vendedora después de
que los compradores se negaran a escriturar alegando que les era imposible
obtener financiación para el pago del préstamo hipotecario.