Derribar para volver a construir la
vivienda habitual unifamiliar supone perder el beneficio fiscal de IRPF.
La construcción de la nueva vivienda se inicia en 2018 por lo
que no cumple con los requisitos exigidos para poder aplicar el régimen
transitorio y el contribuyente no tiene derecho a practicar la deducción por
inversión en vivienda habitual por la nueva vivienda que resulte del derribo y
rehabilitación de la anterior.
El derribo de una vivienda unifamiliar que venía
constituyendo vivienda habitual desde su adquisición y sobre la que el
contribuyente ha aplicado la deducción por inversión en vivienda habitual,
siendo que el derribo tiene como finalidad una mejor distribución del espacio y
de habitabilidad, implica la pérdida de la deducción porque a partir de 1 de
enero de 2013 se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual para
todos los contribuyentes, y el régimen transitorio solo fue previsto para
aquellos contribuyentes que, entre otros, hubieran satisfecho cantidades por la
construcción de su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013,
pero con la particularidad de que si se trataba de rehabilitación se exige
haber satisfecho cantidades con anterioridad a 2013.
