El Ministerio de Economía ya
tiene preparada la Reforma de la ley Hipotecaria que enviará el próximo lunes al
Consejo de Estado como paso previo a la aprobación en el Consejo de Ministros después del verano. Esta normativa pretende en cierto modo "avanzar en
la protección de los consumidores y preservar la cultura de pago", según
dan a entender fuentes del ministerio. Parece, que no es poco, que el Gobierno pretende
poner el foco en la situación de los hogares que están en peor situación para
protegerlos de los desahucios, con diez años de retraso.
Economía pretende de esta manera
también conseguir un doble objetivo: adaptar las directrices europeas al marco
jurídico español y aumentar la transparencia de las hipotecas para proteger a
los clientes y, a la vez, dar seguridad jurídica al sector financiero.
Los temas trascendentales, de los
que se hacen eco los medios, por su conexión con los posibles beneficios para
los sufridores hipotecados son los siguientes:
1.-En este nuevo contexto, la
figura de notarios y registradores
adquiere mayor relevancia, y parece que se justificará algo el dinero que se
llevan por esta operativa. Ellos tendrán que velar por el cumplimiento de los
requisitos del proceso y deberán garantizar y constatar que el prestatario sabe
perfectamente qué producto está contratando y en qué condiciones. Se busca
evitar nuevos casos como los de las cláusulas
suelo. Éstas y otras cláusulas no son de naturaleza ilegal, siempre que no
se apliquen de manera abusiva y, esto es lo que deben vigilar los notarios. Si
no cumplen con esta función y no garantizan la transparencia de todo el
proceso, la norma introduce un nuevo régimen de sanción para ellos.
Por lo tanto, los clientes
tendrán que realizar una primera consulta en la notaría para revisar el
contrato y exponer sus dudas y preguntas. Será una consulta gratuita y
obligatoria antes de una segunda visita, ya sí remunerada, en la que se
procederá a la firma del contrato con la entidad. Los clientes deberán dejar
por escrito que conocen y están de acuerdo con lo que rubrican.
2.- Los bancos tendrán que esperar más de tres meses de impago y
deberán elevar el nivel de vencimiento anticipado, esto es, el porcentaje de
crédito no satisfecho, para proceder al desahucio de un cliente con quien tenga
contratada una hipoteca.
Para ello, la normativa eleva los
umbrales de impago para que el banco pueda ejecutar el vencimiento anticipado
del préstamo, paso que precede a la ejecución hipotecaria. "Actualmente,
se puede vencer con tres cuotas impagadas, y ahora esta cuantía se eleva",
explican desde el Ministerio.
En concreto, durante la primera
mitad del contrato, se podrá ejecutar cuando se deje de pagar el 2% del
principal. Por ejemplo, en una hipoteca de 200.000 euros (sin intereses), se
tendrían que acumular 4.000 euros de retraso para que se pueda aplicar el
vencimiento anticipado. En la segunda mitad del contrato, este porcentaje se
duplica, hasta el 4%, ya que se entiende que el cliente habrá pagado una buena
parte del crédito religiosamente, por lo que se merece un margen mayor.
Si las cuotas mensuales son muy
bajas, también se establece un límite temporal para acumular impagos: 9 meses
durante la primera mitad de la hipoteca y 12 meses a partir de la segunda. Esto
es, se multiplican por tres y por cuatro, respectivamente, los límites
temporales que funcionan actualmente.
3.-También se regularán los intereses de demora, de modo que no
quede margen a la negociación entre el banco y el cliente (siendo en esta
relación la parte más débil). En concreto, se aplicará un tipo de interés que
multiplicará por tres el precio oficial del dinero. Con esta decisión, el Ministerio
pretende mantener la cultura de pago, ya que el retraso en las cuotas encarece
la factura de intereses que tiene que pagar el hipotecado.
4.- Se reduce el coste de
amortización.
Otra de las medidas que pretende impulsar el Ministerio es una
importante reducción en los costes de amortización anticipada del crédito. Con
la normativa actual, la comisión de reembolso tiene un coste del 0,5% o del
0,25% que se aplica sobre el montante total del préstamo. La nueva ley
establece que se aplicará un tipo del 0,5% durante los tres primeros años de
hipoteca, se reducirá hasta el 0,25% entre el tercer y el quinto año, y a partir
de ese momento, no habrá ninguna penalización. En el caso de las hipotecas a
tipo fijo, la comisión será del 4% durante los tres primeros años y del 3% a
partir de ese momento.
Pero la principal novedad es que esta comisión se aplicará únicamente
sobre la cuantía amortizada, y no sobre el total del préstamo como funcionaba
hasta ahora.
5.- La nueva ley también reduce
el coste de pasar una hipoteca de tipo
variable a fijo. Eso sí, aunque mejora las condiciones, no es obligatorio
que el banco acepte el cambio, por lo que tendrán que negociarlo entre las dos
partes. Lo que hace el Gobierno es reducir la compensación que tiene que abonar
el cliente, que se limita a un periodo de tres años (a partir de ahí, el cambio
será gratuito) y la comisión máxima será del 0,25%. La normativa también
incluye medidas para reducir los gastos intermedios, aunque el principal ahorro
vendrá de la comisión por cambio de hipoteca, que es lo que más encarece ahora
mismo estas operaciones.
6.- La reforma que plantea
Economía prohibirá los contratos
vinculados, esos en los que la entidad obliga a un hipotecado a firmar
también un seguro de vida, de hogar, tarjetas o una cuenta corriente con el
banco. La nueva normativa impedirá que el banco pueda exigir a un cliente un
producto accesorio a la hipoteca, aunque sí podrá ofrecérselo. Lo que se
prohíbe es que sea obligatorio. En el caso de que una entidad necesite
comercializar dos productos de forma vinculada, tendrá que justificarlo ante el
Banco de España, que será quien lo valide, y solo podrá hacerlo si las
condiciones son beneficiosas para el cliente. Esto no significa que ya no será
necesario tener un seguro de vida para firmar una hipoteca, el banco puede
seguir exigiéndolo, pero el cliente podrá decidir con qué entidad lo contrata.
Esto significa que puede firmar la hipoteca con una entidad y el seguro de vida
o de hogar, con otra.
7.- El ministerio también dedica
un esfuerzo importante a mejorar las prácticas
de comercialización de las hipotecas en las oficinas bancarias, tal y como
exige la directiva europea que el Gobierno tendría que haber traspuesto en
2016. Aunque va con retraso, la norma incluye la prohibición de la remuneración
de los trabajadores de los bancos en función del número de hipotecas colocadas.
Actualmente los empleados de las entidades tienen un gran incentivo para vender
más productos, ya que mejoran sus ingresos, pero esta reforma prohibirá esta
retribución. Además, obligará a que los trabajadores de las sucursales estén
bien formados, de modo que puedan valorar el tipo de cliente al que venden el
producto y sepan explicar bien las características del contrato.
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Adicae asegura que la ley #hipotecaria será "criminal" para los consumidores @lavanguardia https://t.co/Na2amFhxNp— GIVOMA_INMO (@GIVOMA_INMO) 27 de julio de 2017