viernes, 28 de julio de 2017

Aprobación de la nueva Ley de Contratación del SP -LCSP


miércoles, 26 de julio de 2017

Convocatoria ayudas para trabajos de conservación Patrimonio Histórico Español

El Ministerio de Fomento convocó el pasado miércoles, 19 de julio, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del Programa "1,5% Cultural".

La presente Convocatoria y presentación de solicitudes

1,5% Cultural. Solicitud de ayudas del Ministerio de Fomento para la conservación del patrimonio arquitectónico
El Ministerio de Fomento ha convocado con fecha 19 de julio de 2017, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del Programa «1,5% Cultural».

Tanto el procedimiento como los criterios para la selección y priorización de los proyectos que soliciten financiación con estos fondos, se establecen en la Orden FOM/1932/2014 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector publico dependientes o vinculadas.

lunes, 24 de julio de 2017

Ventajas de la inminente Reforma de la Ley Hipotecaria

El Ministerio de Economía ya tiene preparada la Reforma de la ley Hipotecaria que enviará el próximo lunes al Consejo de Estado como paso previo a la aprobación en el Consejo de Ministros después del verano. Esta normativa pretende en cierto modo "avanzar en la protección de los consumidores y preservar la cultura de pago", según dan a entender fuentes del ministerio. Parece, que no es poco, que el Gobierno pretende poner el foco en la situación de los hogares que están en peor situación para protegerlos de los desahucios, con diez años de retraso.

Economía pretende de esta manera también conseguir un doble objetivo: adaptar las directrices europeas al marco jurídico español y aumentar la transparencia de las hipotecas para proteger a los clientes y, a la vez, dar seguridad jurídica al sector financiero.

Los temas trascendentales, de los que se hacen eco los medios, por su conexión con los posibles beneficios para los sufridores hipotecados son los siguientes:

miércoles, 19 de julio de 2017

Comienza la andadura para la futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética

El objetivo del Gobierno es que la elaboración de esta Ley cuente con la máxima participación de todos los agentes y sectores de la sociedad, debido a su trascendencia para nuestro actual modelo de producción y de consumo.

Los ministerios de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD) han abierto hoy el proceso de consulta pública previo a la elaboración del anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

Resolución de contrato de compra venta por retraso en el final de obra

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha dictaminado, en una sentencia, que el retraso en la entrega de una vivienda en construcción, justifica la rescisión del contrato de compraventa por parte del comprador.
Este derecho que tiene el adquiriente, lo puede ejercitar siempre que lo haga antes de ser requerido por el vendedor para el otorgamiento de escritura pública de compraventa, por estar la vivienda ya terminada y en disposición de ser entregada.
En una sentencia de la que ha sido ponente el presidente de la sala de lo civil, Francisco Marín, el alto tribunal confirma una resolución anterior de la Audiencia Provincial de Madrid, que dio la razón a unos particulares, que en 2007 firmaron con una inmobiliaria un contrato de compraventa de una vivienda en construcción, comprometiéndose la vendedora a entregarla en septiembre de 2009. Una vez iniciadas, las obras se paralizaron durante un año por defectos de suelo, lo que motivó que la inmobiliaria ofreciera modificar el plazo de entrega, a lo que éstos se negaron. Un mes después de la fecha pactada para la entrega, los compradores pidieron la resolución del contrato y, en enero de 2010, no comparecieron cuando fueron convocados por la vendedora para el otorgamiento de la escritura pública.

jueves, 13 de julio de 2017

El cheque formación

El cheque formación es una iniciativa del nuevo Gobierno español que figura en la Reforma Laboral. Se trata de un cheque de formación destinado a financiar el derecho individual a la formación de los trabajadores, en el que una persona podrá utilizar la cuantía de su cheque y canjearlo por la formación que desee llevar a cabo. En países europeos, como Bélgica, el cheque formación y la cuenta de formación forman parte de procesos comunes. El modelo es parecido a otras iniciativas como el cheque restaurante, el cheque bebe, etc en este caso se trata de un cheque canjeable por cursos.


Tras una larga y sinuosa travesía, el cheque formación para desempleados ha visto la luz.
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que desarrolla la ley de 2015 sobre Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, que regula entre otras cosas el cheque formación para desempleados para que las Comunidades Autónomas lo pongan en marcha.

Límites lícitos e ilícitos en Ley de Subcontratación de la Construcción

LA DELIMITACIÓN Y LOS LÍMITES A LA DESCENTRALIZACIÓN PRODUCTIVA LÍCITA Y A LA CESIÓN ILÍCITA EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

1.-Requisitos contenidos en el artículo 4 de la LSC

Como ya se ha avanzado, y siguiendo las indicaciones de la Exposición de Motivos de la Ley para evitar los efectos negativos que produce este proceso, sobre todo en los escalones más alejados de la empresa principal, la descentralización productiva en el sector de la construcción requiere de unos mecanismos limitadores, en forma de exigencias, como son, entre otras, las de calidad o de solvencia en las empresas, así como su constatación o prueba documental contenidas en el artículo 4.
Este artículo 4 contiene unas exigencias de tipo material y organizativo de carácter general, y otras de tipo particular o específico.
Las primeras exigencias de carácter general tienen que ver con la existencia y/o autenticidad de una organización productiva autónoma, independiente de las demás empresas con las que ésta se relaciones mediante contratas o subcontratas, y así para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:

martes, 11 de julio de 2017

Las cláusulas sociales en la contratación pública

Haciendo un breve resumen sobre el tema, diremos que esta es una herramienta que permite incorporar criterios sociales y medioambientales en los contratos, fomenta políticas activas de empleo y contribuye a lograr una mayor cohesión social, y todo ello sin perder de vista sus ventajas económicas de medio y largo plazo.

Tal y como ha señalado la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón (Informe 17/08), la contratación pública no puede ser considerada como un fin en si mismo, sino que debe ser visualizada como una potestad o herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento efectivo de sus fines o sus políticas públicas. Es decir, la contratación puede, y debe ser, una técnica que permita conseguir objetivos sociales, ambientales o de investigación, en la convicción de que los mismos comportan una adecuada comprensión de cómo deben canalizarse los fondos públicos.

Esto significa que los contratos públicos no constituyen exclusivamente un medio de abastecerse de materias primas o de servicios en las condiciones más ventajosas para el Estado, sino que, en la actualidad, a través de la contratación pública, los poderes públicos realizan una política de intervención en la vida económica, social y política del país.

miércoles, 5 de julio de 2017

REFERENCIAS A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA

El Boletín Oficial del Estado, del pasado miércoles 28 de junio publica la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 (Ley 3/2017).
Existen dos referencias importantes a la normativa de contratación y otras varias de carácter complementario.

La más importante se señala en la Disposición adicional centésima trigésima (Reformas en la contratación del sector público), que establece:

“1. En el plazo máximo de seis meses tras la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno aprobará una norma por la que se constituya un órgano independiente de supervisión de la contratación del sector público, en los términos previstos en la normativa comunitaria. Dicho órgano gozará de plena independencia funcional y no podrá recibir instrucciones de ninguna autoridad en el ejercicio de sus funciones.
2. A dicho organismo independiente de supervisión de la contratación del sector público se adscribirá la Oficina Nacional de Evaluación, actualmente regulada en la disposición adicional trigésimo sexta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como órgano colegiado encargado de analizar la rentabilidad socioeconómica y la sostenibilidad financiera de los contratos que se determinen, incluidos en todo caso, los contratos de concesión de obras y concesión de servicios, sin perjuicio de las demás funciones que le sean encomendadas.”

Reforma del sistema de Formación profesional para el empleo


El Consejo de Ministros aprobó este lunes un real decreto por el que se desarrolla la Ley de 2015 que regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
El objetivo del Ejecutivo es regular el sistema de formación profesional para el empleo con el objetivo de extender una formación entre los trabajadores "que mejore la empleabilidad y el desarrollo personal y profesional". El Gobierno lo ha hecho de manera unilateral, sin contar con patronal y sindicatos, que ya han expresado su sorpresa y disgusto.

El Ejecutivo creará un calendario plurianual que responda a las necesidades formativas de los ocupados y apunta que este decreto también irá orientado al 51% de los parados estructurales en España que no acabó la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), según palabras de la ministra de Empleo, Fátima Báñez. Es una ruptura unilateral de la negociación por parte del Gobierno en materia de formación.

sábado, 1 de julio de 2017

VIDEOS CONTRATACIÓN PÚBLICA

LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO DE ESPAÑA Y LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA Ponencia Implantación de la administración electrónica Programa de 12 pasos Como poner en marcha un proyecto de administración electrónica. Hoja de ruta REACTIVAR LA INVERSIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA PIXELWARE - Contratación y Licitación Electrónica Publicado el 7 jul. 2017 D. Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario General Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. Vicepresidente de COSITAL Andalucía y Presidente COSITAL Sevilla. Jornada sobre la nueva Ley de Contratos del Sector Público