El Tribunal Supremo ha dictaminado que las entidades
bancarias son la que deben hacer frente al pago del impuesto de Actos Jurídicos
Documentados (AJD) y no el prestatario de ese dinero, como venía marcando en la
jurisprudencia anterior.
Es la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Alto Tribunal la que ha señalado que "el sujeto pasivo en el impuesto sobre Actos
Jurídicos Documentos cuando el documento sujeto es una escritura pública de
préstamo con garantía hipotecaria es el acreedor hipotecario, no el prestatario".
Este tributo supone el principal coste de constitución de una
hipoteca, llegando a entre el 60% y 70% de los gastos totales de escritura del
inmueble. El tipo de gravamen aplicable varía en cada comunidad autónoma, pero
en términos generales oscila entre el 0,5% y el 1,5% del importe de la
hipoteca.
Consecuencias
muy costosas
La nueva sentencia supone un varapalo para las entidades
financieras, que habían tomado cierto aire tras el golpe que supuso la
devolución de las cláusulas suelo.
La agencia de calificación Moody's sitúa los costes de este nuevo fallo del Alto Tribunal
entre los 3.500 y los 4.000 millones de euros para la banca, un
sector aún afectado por la baja rentabilidad tras la crisis financiera.
Las entidades reclaman, a través de un comunicado conjunto de
la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de
Ahorro (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc), "una
mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado
hipotecario, caracterizado por unos tipos de interés competitivos y unos
plazos largos, que han permitido el acceso a la vivienda en propiedad a un
amplio espectro de población".
Pero aunque los prestatarios de los créditos no tengan que
abonar el impuesto de AJD, la realidad es que los bancos acabarán
repercutiendo en los nuevos clientes parte de los costes a través de
una posible subida de las hipotecas.
Según explican los expertos financieros, la consecuencia más
inmediata podría darse en el encarecimiento de la comisión de apertura,
al ser la manera más fácil de compensar los costes a corto plazo.
Todo apunta a que ésta será la consecuencia inmediata, ya que
los expertos no creen que pueda haber grandes cambios en los intereses, tanto a
tipo fijo como variable, ni tampoco en las exigencias de vinculación.
En un entorno de máxima competencia entre bancos por captar
nuevos clientes, las entidades no se pueden permitir tocar los
diferenciales, que ya se verán afectados por la subida del Euribor, que
crece desde hace meses y que llegará a estar en positivo a mediados del año que
viene, según todas las previsiones.
En cuanto al posible incremento en las exigencias de
vinculación (la obligación de contratar seguros, planes de pensiones y otros
productos financieros adicionales en la firma de la hipoteca), estaría
descartado, puesto que la nueva Ley Hipotecaria, en trámite parlamentario,
tiene previsto limitar estos requisitos.