martes, 18 de septiembre de 2018

Los contratos de alquiler se verán afectados con la entrada en vigor de la nueva normativa NIIF 16


El IASB (International Accounting Standard Board) emitió en enero de 2016 una nueva norma de contabilidad de contratos de arrendamiento denominada Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 16, que sustituye a la actual Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 17 y la Interpretación 4 (IFRIC 4). La NIIF 16 cambiará en gran medida el modelo contable que actualmente aplican los arrendatarios. 

Bajo esta norma, desaparece la distinción entre arrendamientos financieros y operativos y prácticamente todos los arrendamientos (de cualquier tipo de bien) seguirán un mismo modelo. El modelo conllevará el reconocimiento, para cada bien arrendando, de un activo (derecho de uso del bien) y de un pasivo (cuotas futuras a pagar). Esto es, hasta ahora los arrendamientos financieros se reconocían en balance pero los arrendamientos operativos se registraban como operaciones “fuera de balance”.


Con la NIIF 16 los arrendamientos operativos a los que no se les aplique la excepción de contratos de corto plazo o bienes de bajo importe aflorarán en balance, por lo que los estados financieros serán, en gran medida, distintos a lo que conocemos actualmente.

El arrendamiento es una actividad importante para muchas compañías. Pues supone un medio de acceso a activos, de obtener financiación y de reducir la exposición de la empresa a los riesgos de la propiedad de los activos.

La novedad respecto a la anterior normativa, afecta a los arrendamientos operativos, que anteriormente se contabilizaban como gasto, y pasarán a contabilizarse en balance, desde el inicio, a través del reconocimiento de los alquileres, como si fueran compras de activos financiados.
Fuente: Ernst & Young


Para el arrendador, en principio no existen cambios relevantes, a no ser que posean bienes subarrendados que revisen su clasificación.

¿Cuándo será de aplicación la nueva normativa NIIF 16?
Su entrada en vigor se producirá el 01 de enero de 2019, si bien ya puede aplicarse de modo anticipado.

¿Quiénes serán los afectados por el cambio de la nueva normativa NIIF 16?
La norma afecta principalmente a empresas que tengan contratos de arrendamiento y estén sujetas a normativa contable internacional.

Se exceptuarán aquellos casos en los que el arrendamiento no supere los 5.000 $ en total y su duración sea inferior a 12 meses sin inclusión del derecho de compra.

¿En qué afectará el cambio a su empresa?
La normativa NIIF 16 introducirá un modelo único de contabilización de todos los arrendamientos, que implica reconocer el activo por su derecho de uso y el pasivo por la obligación que representa el arrendamiento.

Por tanto, los arrendamientos operativos (alquileres tradicionales), que hasta la fecha se han venido contabilizando como un gasto (con impacto exclusivamente en la cuenta de resultados), pasarán a reconocerse en el balance por el valor presente de todos los pagos comprometidos en el contrato, como una compra de activos financiada.

De este modo, las empresas pasarán a estar más endeudadas y deberán reflejar en sus cuentas de resultados el gasto financiero y las amortizaciones correspondientes.

Esta nueva realidad, tendrá un importante impacto en la financiación, puesto que los niveles de deuda son determinantes en las condiciones de los propios préstamos. En consecuencia, también tendrá efectos fiscales, legales, inmobiliarios, etc. Siendo sumamente importante anticiparse al cambio y cuantificar correctamente su impacto.

¿Cómo se aplicará la nueva normativa NIIF 16?
En el activo se reconocerá el derecho de uso del activo arrendado y en el pasivo, la obligación de pago de las cuotas futuras.

Para la determinación del valor actual de los pagos futuros, se aplicará como tasa de descuento el tipo de interés implícito del arrendamiento o en su defecto y en el supuesto de que no se pueda obtener, el tipo de interés al que el arrendatario se financiaría en mercado para una operación de vencimiento y riesgo similar.

¿Qué objetivo persigue este cambio normativo?
Con la introducción de esta norma, el IASB (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad), persigue conseguir una mayor homogeneidad, para la comparativa de estados financieros y ratios, entre empresas, evitando las distorsiones que introduce una diferente estrategia en la gestión de la cartera de activos.

Con ello, se opta por que prevalezca la búsqueda de una mayor transparencia en la información, frente al efecto del incremento de deuda en balance.

¿Qué estrategias resultan más favorables?
En condiciones normales interesará renegociar los contratos de arrendamientos a un menor número de años y estudiar el interés por la compra del activo, en lugar del alquiler.

No obstante, estos planteamientos deberán realizarse por parte de cada empresa en función a sus objetivos y previsiones.

Es importante analizar, por anticipado, el efecto de la norma sobre los estados financieros con la idea de optimizar las decisiones en los siguientes ámbitos:
  • CONTABLE: ¿es preferible alquilar o comprar? ¿Siguen teniendo interés las operaciones de “Sale & Leaseback”?
  • FINANCIERO: ¿cuál es el impacto en los “covenants” financieros, ratios y condiciones de financiación, renegociación de deuda, políticas de dividendos, etc.?
  • LEGAL: ¿se pueden renegociar las rentas, hay necesidad de ajustar los periodos de alquiler, revisiones contractuales, etc.?
  • FISCAL: ¿tiene impacto en el Impuesto de Sociedades, ¿cómo afecta a la deducibilidad por intereses?
  • INMOBILIARIO: ¿cómo optimizar el espacio arrendado?


Fuentes: